viernes, 15 de mayo de 2015

IMPLEMENTACION DEL ARTICULO 3075

El decreto 3075 de 1997 Del ministerio de la proteccion social en Colombia:" es el que define la B.P.M(buenas practicas de manofactura) para una correcta practica de higiene en  los alimentos a si como la preparacion elaboracion, envasado, transporte almacenamiento y distribucion de los alimentos para consumo humano.

 Con el objeto de de garantizar que los productos que se fabriquen en condiciones sanitarias adecuadas minimicen los riesgos durante las diferentes etapas de la cadena de minipulacion".

CONDICIONES BASICAS

Se debe estar aislado de los focos de insalubridad.

Tener un entorno limpio.

Facilidad de limpieza y desinfeccion.

Tener un buen abastecimiento de agua potable.

Contar con areas para la disposicion de residuos solidos y liquidos.

Tener un adecuado bateria sanitaria para uso de los empleados.


UTENSILIOS

Resistentes a la corrosion.

Deben facilitar el proceso de desinfeccion.

No favorecer la proliferacion de microorganismos.

MANIPULADORES

Una comprobada buena salud, no heridas, no quemaduras, enfermedades respiratorias, gastrointestinales, cuando se produce una quemadura o un accidente con un cuchillo es mejor apartarse de la labor.

Se debe hacer un curso de manipulacion de alimentos, para contar idoneidad y capacidad para manipular las materias primas.

Uniforme de color claro.

El uniforme debe tener cremallera en lugar de botones.

No usar ni anillos,cadenas, relojes, aretes ningun tipo de accesorio.

El cabello debe estar recogido y cubierto con un gorro.

Las uñas cortas, y sin pintar.

En el caso del personal femenino sin maquillaje.

Usar zapatos cerrado sin tacon y en buen material.

Instaurar el lavado de manos como requisito indispensable antes de la manipulacion. 

Para terminar les dejo este video sobre el decreto 3075.


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